Las pólizas de afianzamiento general: “pólizas escoba”, entre la validez y la nulidad (Auto del TS 11 de marzo de 2015 y SAP de Granada de 20 de diciembre de 2013)

Autores/as

  • José Carlos Espigares Huete Universidad Miguel Hernández de Elche

DOI:

https://doi.org/10.21134/lex.vi.449

Resumen

El Tribunal Supremo, mediante Auto de 11 de marzo de 2015, acordó no admitir el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada de 20 de diciembre de 2013, núm. 429/2013, que declaró nula la póliza de afianzamiento general o global suscrita por un empresario y su mujer a favor de una determinada entidad de crédito. El asunto es de extraordinario interés, porque plantea un juicio de validez a propósito de las denominadas 'pólizas escoba' o, también conocidas como, 'fianza ómnibus'. 

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Biografía del autor/a

José Carlos Espigares Huete, Universidad Miguel Hernández de Elche

Prof. Dr. José Carlos Espigares Huete

Vicerrector Adjunto de Estudios

 Área de Derecho Mercantil. Departamento de Ciencia Jurídica

Universidad Miguel Hernández

Campus de Elche (Edif. Torrevaillo)

Avda. de la Universidad s/n 03202 Elche (Alicante) 
+34 96 665 2696

http://derechomercantil.umh.es/directorio/jose-carlos-espigares-huete/

http://derecho.umh.es/

 

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Publicado

2016-01-26

Número

Sección

Artículos

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