20 años de Autocontrol de la publicidad en España
DOI:
https://doi.org/10.21134/lex.vi.454Resumen
El término “autorregulación” hace referencia a la capacidad que poseen los sujetos privados para crear un conjunto de normas de naturaleza vinculante a las cuales deciden someterse en el ejercicio de su actividad. Junto a la citada acepción, que incide en el proceso autónomo de creación normativa, se han utilizado otras fórmulas que ponen a su vez el acento en la capacidad de control sobre la aplicación de las normas por los propios sujetos implicados en su elaboración. Desde esta perspectiva, el vocablo se utiliza como sinónimo de autocontrol o autodisciplina.
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Derechos de autor 2016 Revista LEX MERCATORIA Doctrina, Praxis, Jurisprudencia y Legislación

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