La segunda oportunidad y los acuerdos extrajudiciales de pago
DOI:
https://doi.org/10.21134/lex.vi.498Resumen
El beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, comúnmente conocido como mecanismo de la segunda oportunidad, está regulado en el artículo 178 bis de la Ley Concursal y supone una de las modificaciones del derecho mercantil que merece un análisis en profundidad, principalmente por su carácter novedoso. Este mecanismo fue introducido por el artículo 1 del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social y modificado posteriormente por la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de la segunda oportunidad. Supone todo un cambio en nuestro ordenamiento al establecer una excepción al principio de la responsabilidad patrimonial universal.