La protección de la DOP cuando el producto amparado se utiliza como ingrediente: límites y uso indebido a la luz de la Sentencia del TJUE 20 de diciembre de 2017, C-393/16

Autores/as

  • TOMÁS BARBER GINER Autor/a Tomás Barber Giner Abogado. Berenguer & Pomares.

DOI:

https://doi.org/10.21134/lex.vi.553

Resumen

Desde que se implementara en la Unión Europea el sistema sui generis de protección de figuras de calidad vinculadas al origen –que reconoce las denominaciones de origen protegidas (en adelante, DOPs) e indicaciones geográficas protegidas (en lo sucesivo, IGPs)-- han ido sucediéndose a ritmo lento las sentencias de los tribunales europeos que han desarrollado el contenido y los límites de dicha protección.

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Biografía del autor/a

  • TOMÁS BARBER GINER, Autor/a Tomás Barber Giner Abogado. Berenguer & Pomares.
    Autor/a

    Tomás Barber Giner

    Abogado. Berenguer & Pomares.

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Publicado

2018-02-06

Número

Sección

Artículos