NEUTRALIDAD Y CONFLICTOS DE INTERESES DE LAS PLATAFORMAS DE FINANCIACIÓN PARTICIPATIVA
DOI:
https://doi.org/10.21134/lex.vi.568Resumen
Uno de los requisitos que debe cumplir una sociedad de capital para obtener (o mantener) su autorización como plataforma de financiación participativa es el siguiente: “Disponer de un reglamento interno de conducta que contemple, en
particular, los posibles conflictos de intereses y los términos de la participación de los administradores, directivos, empleados y apoderados en las solicitudes de financiación que se instrumenten a través de la plataforma”1. Asimismo, entre las obligaciones de información general que se imponen legalmente a las plataformas de financiación participativa se encuentra la de incluir en su página web información sobre “las medidas adoptadas para evitar los conflictos de interés”.