EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO Y SEGUNDA OPORTUNIDAD

Autores/as

  • José Luis Fortea Gorbe Juzgado de lo mercantil no 3 de Alicante, con sede en Elche/Elx.

DOI:

https://doi.org/10.21134/lex.vi.602

Resumen

Recientes pronunciamientos de la Sala Primera del Tribunal Supremo han venido a facilitar la configuración del complejo régimen de exoneración del pasivo insatisfecho, especialmente en la delimitación del concepto de deudor de buena fe, la debida flexibilidad del procedimiento –exoneración provisional y definitiva- y el espinoso tema del crédito público y su inclusión en el plan de pagos, sin condicionantes desde la normativa de Derecho público.

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Biografía del autor/a

  • José Luis Fortea Gorbe, Juzgado de lo mercantil no 3 de Alicante, con sede en Elche/Elx.

    Magistrado especialista en materia mercantil (CGPJ).
    Doctor en Derecho (UA). Titular del Juzgado de lo mercantil no 3 de Alicante, con sede en Elche/Elx.

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Publicado

2020-01-08

Número

Sección

Artículos